El Pleno del Congreso del Estado aprobó con modificaciones las reformas al Código Civil y a las leyes del Registro Civil y del Registro Público de la Propiedad, para establecer un buró de deudores alimentarios por alguna sentencia, para obligarlos a pagar, y aunque en el fondo los grupos parlamentarios estuvieron de acuerdo en esa exigencia, se matizaron algunos conceptos para normar adecuadamente esas acciones.
La iniciativa fue presentada por los diputados Edgar Enrique Velázquez González, Gerardo Quirino Velázquez Chávez y Héctor Pizano Ramos, en la cual se fija un plazo de 90 días para atender dicha obligación y en caso de no hacerlo se aplican una serie de restricciones legales a los deudores. Además, no necesariamente el adeudo puede ser por un divorcio, sino también por asuntos de paternidad reconocida o no reconocida.